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Jalisco: Ecocidio, será un nuevo delito dentro del Código Penal

Se sancionará con penas de tres a diez años de cárcel y cometerá este delito quien provoque daño, destrucción de uno o más ecosistemas en un territorio determinado.

Por Ángel Huerta

Se sancionará con penas de tres a diez años de cárcel y cometerá este delito quien provoque daño, destrucción de uno o más ecosistemas en un territorio determinado.
Se sancionará con penas de tres a diez años de cárcel y cometerá este delito quien provoque daño, destrucción de uno o más ecosistemas en un territorio determinado.
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Diputados locales aprobaron dentro del Código Penal configurar el delito del “ecocidio” para sancionar a personas que generen daños ambientales. Se sancionará con penas de tres a diez años de cárcel y cometerá este delito quien provoque daño, destrucción de uno o más ecosistemas en un territorio determinado.

Este delito se suma a las sanciones que ya estaban estipuladas por ley a quienes provocaran por ejemplo incendios forestales.

 

La medida fue aprobada por 36 votos a favor y crea el artículo 289 Bis del Código Penal del Estado de Jalisco y establece que comete delito de Ecocidio quien provoque un “daño, destrucción o la pérdida total o parcial, vasta, duradera o grave de uno o más ecosistemas, en un territorio determinado, de tal manera que el disfrute de las especies habitantes y el equilibrio ecológico se vea limitado.

 

Además de la pena privativa de la libertad, se impondrá una multa de 500 a 500 mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización.

 

El artículo define como daño vasto al que abarca cuando menos diez hectáreas, daño duradero cuando la afectación y sus impactos duran al menos un periodo de cuatro meses, y daño grave cuando la alteración pone en riesgo la salud de ras personas o la afectación irreparable a los recursos naturales.


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