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Ambulantes en el Centro Histórico tendrán reglamento con horarios

El Gobierno de la Ciudad de México analiza reglas, incluso sanciones, para el programa de reordenamiento del comercio en la vía pública en el Centro Histórico

Por Ángel Huerta

El Gobierno de la Ciudad de México analiza reglas, incluso sanciones, para el programa de reordenamiento del comercio en la vía pública en el Centro Histórico
El Gobierno de la Ciudad de México analiza reglas, incluso sanciones, para el programa de reordenamiento del comercio en la vía pública en el Centro Histórico

 

El Gobierno de la Ciudad de México analiza reglas, incluso sanciones, para el programa de reordenamiento del comercio en la vía pública en el Centro Histórico, donde se establecen horarios y días de descanso.

En el Plan de Trabajo 2022-2024 que elaboró la Subsecretaría de Programas y Alcaldías y Ordenamiento de la Vía Pública, de la Secretaría de Gobierno, se indica cuáles son las zonas prohibidas para la instalación de puestos ambulantes.

 

Entre las reglas de operación que estudian autoridades y comerciantes, destacan que los días y horarios autorizados para ejercer el comercio en vía pública del Centro Histórico en las zonas previamente definidas sean de martes a domingo en el perímetro A, y de miércoles a lunes en el perímetro B, en un horario de 10:00 a 18:00 horas, respectivamente.

 

Asimismo, no sobrepasar el tope máximo acordado de los oferentes en la vialidad, determinado por la Dirección General de Ordenamiento de la Vía Pública. Y prohibir que dejen puestos metálicos y cualquier tipo de estructuras en las calles.

 

En el documento se indica que deberán atenderse las recomendaciones de Protección Civil: dejar 1.5 metros libres para paso peatonal, evitar conexiones ilegales al alumbrado público, obstrucciones, tanques de gas, anafres, parrillas o cualquier situación que ponga en peligro la seguridad de las personas.

 

No podrán colocar lonas ni elementos que obstruyan la visibilidad de las cámaras del C5. “Las sombrillas deberán cumplir los criterios emitidos por el INAH para zonas patrimoniales”.

 

Los ambulantes que se instalen en zonas prohibidas para el comercio en vía pública en el Centro Histórico podrán ser sancionados con la suspensión de su actividad entre uno y 10 días.


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