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Pasos tramitar la pensión alimenticia en CDMX

El Código Civil Federal, en su artículo 303, define que los padres están obligados a velar por el bienestar de sus hijos. El fin de una relación no los exime de esta responsabilidad.

Por Ángel Huerta

El Código Civil Federal, en su artículo 303, define que los padres están obligados a velar por el bienestar de sus hijos. El fin de una relación no los exime de esta responsabilidad.
El Código Civil Federal, en su artículo 303, define que los padres están obligados a velar por el bienestar de sus hijos. El fin de una relación no los exime de esta responsabilidad.
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Si estás en un proceso de separación, los padres siguen siendo responsables de la manutención de sus hijos, y en ocasiones debe intervenir la ley para que estos se hagan responsables. Así puedes tramitar la pensión alimenticia en un juzgado de la Ciudad de México.

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El Código Civil Federal, en su artículo 303, define que los padres están obligados a velar por el bienestar de sus hijos. El fin de una relación no los exime de esta responsabilidad.

Si el padre o la madre se rehusaran a responsabilizarse, en la Ciudad de México se puede tramitar una Pensión Alimenticia por Comparecencia. En este caso, se asigna un juzgado y un número de expediente de forma aleatoria.

Los padres pueden llegar a un acuerdo sobre el porcentaje de los ingresos que se asignarán a la pensión. No obstante, si no llegasen a un acuerdo, el juez puede definir este porcentaje.

Este trámite se realiza en el Poder Judicial de la Ciudad de México. Sus oficinas se ubican en Avenida Juárez 8, 1er Piso, Colonia Centro, Alcaldía Cuauhtémoc. El horario de atención es: lunes a jueves de 9:00 a 15:00 y viernes de 9:00 a 14:00.

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